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Tener un vehículo no sólo implica gastar dinero al adquirirlo, repararlo, gasolina, aceites, etc., sino que también el pago anual de un impuesto obligatorio destinado a los gastos del ayuntamiento local.
Con el nombre de impuesto de vehículos de tracción mecánica, se aplica a todo motor coches en circulación, sin importar si se compró nuevo o se trata de un automóvil de segunda mano. Los valores son proporcionales a la tasación que el coche tenga en el mercado.
El gravamen, que se paga anualmente, tiene como objetivo contribuir a los gastos de mantención e inversión en mejoras de las calles y autopistas, y todo poseedor de un vehículo a motor está sujeto a él para poder circular en todo el país. Sólo quedan exentos del impuesto los coches de colección o aquellos dados de baja.
Según la ley, el impuesto de vehículos de tracción mecánica divide a móviles en seis grupos; Turismos (potencia fiscal), Autobuses (plazas disponibles), Camiones (carga útil), Tractores (potencia fiscal), Remolques y semiremolques (carga útil), Ciclomotores y motocicletas (cilindrada.)
De acuerdo a sus características, los diferentes tipos de vehículos pagaran tasas proporcionales a su uso y capacidad, las cuales si bien se basan en un cálculo nacional, pueden ser modificadas por cada Ayuntamiento. A mayor antigüedad, el pago será más bajo.
El impuesto debe ser pagado por el titular del vehículo, sin importar si se trata de una empresa o persona particular, y el cobro se realiza a comienzos del año fiscal. El no pago del tributo trae sanciones monetarias, y su evasión prolongada podría devenir en acusaciones civiles. |